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El Tribunal Electoral del Estado (TEEM) confirmó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán IEM-CG-71/2023, mediante el cual no se valida al Consejo Ciudadano del Municipio de Morelia, Michoacán, como Observatorio Ciudadano del Ayuntamiento del citado municipio, al no ser un órgano autónomo, dada su naturaleza al ser parte de la administración pública municipal.
Lo anterior, al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEM-JDC-057/2023, promovido en contra del Consejo General del IEM.
En la misma Sesión Pública los Magistrados dictaron sentencia dentro del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-008/2023, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Toluca, declarando la inexistencia de las violaciones atribuidas a los denunciados, por actos anticipados de precampaña y campaña, propaganda política, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y violaciones en materia de propaganda política.
Ante la inexistencia de las conductas denunciadas, revocaron las medidas cautelares interpuestas por la Secretaria Ejecutiva del IEM.
Escrito por VOX
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